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El perturbador y la conmoción del poder – o bien: Concejal reprobado por cuarta vezDe nuevo, tocaba sesión del Concejo Municipal en Weißenfels. Pero el Concejo Municipal de Weißenfels es siempre todo un espectáculo.
Había anunciado la grabación de vídeo por correo electrónico con 17 minutos de antelación al inicio de la sesión del 8 de mayo de 2025, para que a nadie le diera un ataque por ello. Entré en la sala y apenas había instalado el primer trípode cuando me saludó la ayudante del presidente del Consejo Municipal, quien, por cierto, al parecer se encontraba de vacaciones. Su deseo era –como en las tres sesiones anteriores del Consejo Municipal– que me retirara de ese lugar y subiera a la galería para el público. Porque solo allí arriba se permitían las grabaciones de vídeo. ¿Por qué? No se explica ni se justifica. Abajo, donde está la mesa de segunda para el gremio exclusivamente escribiente, no se podían realizar tales grabaciones. Debía mantenerse libre la vía de evacuación. Si bien la vía de evacuación estaba, sin lugar a dudas, libre. Me negué. Expliqué que allí arriba, en la galería para el público, por un lado, apenas se entiende nada y, por otro, la filmación se dificulta considerablemente. Esto fue confirmado en la última sesión del Consejo Municipal por otros –incluso por BLK TV–. La señora ayudante replicó que era una impresión subjetiva. Pero si varias personas tienen esa impresión, entonces debería ser objetiva y no subjetiva. Pregunté si es que acaso se quería que la gente, el público, pudiera entender algo. Esta pregunta no fue respondida por la señora ayudante. Ella determinó que yo debía subir allí. Le expliqué que no lo haría. En tal caso, esto debía emitirse como un acto administrativo –preferiblemente por escrito y debidamente justificado–. La señora ayudante comunicó que un acto administrativo también podía ser dictado de forma oral. Esto es, naturalmente, correcto, pero aun así uno, como afectado, tiene derecho a que dicho acto administrativo le sea entregado por escrito a posteriori. Dado que esto no ocurrió en las tres sesiones anteriores del Consejo Municipal, asumo que tampoco ocurrirá esta vez. La señora ayudante dijo que la administración no tenía por qué hacerlo. Afirmaba conocer la ley. Pero no parece que la señora ayudante conozca la ley tan a fondo, pues el artículo 37 de la Ley de Procedimiento Administrativo (VwVfG) establece: «Un acto administrativo oral deberá confirmarse por escrito o por medios electrónicos si existe un interés legítimo en ello y el afectado lo solicita sin demora». Y sí, yo tengo un interés legítimo y ya lo había solicitado varias veces. Huelga decir que a nadie le ha interesado esta disposición legal. La señora ayudante se refirió al reglamento interno del Consejo Municipal. Yo señalé que el reglamento interno, que un Consejo Municipal se da a sí mismo, se encuentra en la parte más baja de la jerarquía de las disposiciones legales. En la cúspide está la Ley Fundamental con la libertad de prensa, luego viene la Ley de Procedimiento Administrativo y, en algún lugar muy abajo, el reglamento interno, que no debe contravenir leyes de rango superior. Además, un acto administrativo debe ser justificado. Así lo establece el artículo 39 de esta Ley de Procedimiento Administrativo. ¿Pero justificar? No, la señora ayudante no quería justificar nada. Su exigencia debía ser acatada. Con esto entramos en el ámbito de la ejecución inmediata –y tal ejecución debe justificarse con aún mayor rigor. ¿Pero justificar? No, la señora ayudante simplemente no quería justificar nada. El señor Mämecke, jefe en funciones de la oficina jurídica y teniente de alcalde de Weißenfels, se unió brevemente a la conversación. Dio la razón a la señora ayudante, pero volvió a abandonar nuestro pequeño círculo. ¿Por qué? ¿Quizás tenía más conocimiento de las leyes, pero no quería dejar en mal lugar a la señora ayudante? No se sabe. Presenté una objeción oral contra el acto administrativo oral de la señora ayudante. Una objeción, según el artículo 80 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (VwGO), tiene efecto suspensivo. Esto significa que uno no tiene que cumplir la exigencia. Sin embargo, la señora ayudante dijo que no tenía por qué aceptar mi objeción oral a su acto administrativo oral. En el artículo 80 de la VwGO también se regula cuándo puede dejar de tener efecto suspensivo: «El efecto suspensivo solo cesa en los casos en que la ejecución inmediata sea especialmente ordenada por la autoridad que dictó el acto administrativo o que debe decidir sobre el recurso, en interés público o en el interés prevalente de una de las partes». La pregunta es, entonces: ¿Qué interés público existe para que la calidad de audio y vídeo de la grabación, debido a la pésima acústica en la sala y la visibilidad insuficiente para las cámaras, sea en parte tan mala que en algunos puntos no se entienda nada y se vea menos? Para la señora ayudante esto no importaba. Repitió que era subjetivo. No accedí a su exigencia. Había presentado una objeción. Ella declaró que se podía aplicar el derecho de admisión. Sí, el presidente o su suplente pueden aplicarlo. Pero eso no significa que el derecho de admisión pueda aplicarse de forma arbitraria. Porque se trata de un edificio público y una sesión pública –y de ello se desprende que la aplicación del derecho de admisión también constituye un acto administrativo que debe justificarse debidamente. El vicepresidente del Consejo Municipal abrió la sesión y reunió a los presidentes de los grupos parlamentarios para una consulta. Esto resultó en que leyó de nuevo el reglamento interno y me pidió que me trasladara a la galería. De acuerdo, puede hacerlo –pero eso no cambió nada en los hechos, la situación legal y mi negativa. Porque a mí me habría gustado grabar la sesión correctamente –con un sonido mínimamente comprensible. Se solicitó suspender la sesión. Siguió otra consulta. Otros miembros del Consejo Municipal y también empleados de la administración hicieron sus comentarios. Algunos lo consideraron una guardería y declararon que les estaba robando el tiempo. Sí, una guardería –estoy de acuerdo– pero yo no soy el causante. Los concejales y concejalas se robaron el tiempo a sí mismos. Podrían haber celebrado su sesión del Consejo Municipal sin complicaciones ni interrupciones. Yo no los detuve. No me habría inmiscuido en el desarrollo ni habría pronunciado palabra alguna. Se han puesto obstáculos a sí mismos. Mi reiterada referencia a la situación legal generó malestar entre algunos otros de los presentes. Justificar, según la opinión de otros, no era necesario para esta decisión. Creo que es una comprensión muy extraña de la democracia y el estado de derecho. Los empleados administrativos han jurado un juramento de funcionario público y se han comprometido a la lealtad a la ley. Esto no parece haber sido realmente interiorizado por algunos. Tras la buena persuasión de una concejala, interrumpí el proceso. Según se me informó posteriormente, el vicepresidente del Consejo Municipal lo habría continuado. Así que, si yo no hubiera interrumpido el proceso, la sesión del Consejo Municipal no se habría celebrado. Por supuesto, la culpa me la habrían echado a mí. Sin embargo, no hice nada más que posicionar mis cámaras para esta libertad de prensa... Ehm... ¿Qué se supone que es eso? ¿Y no había algo de que la prensa es el cuarto poder del estado y, preferiblemente, independiente? El siguiente nivel de escalada habría sido, probablemente, la intervención de la policía para que me sacara de la sala. Y todo ello por pura arbitrariedad. Máxime cuando el derecho de admisión solo puede ser ejercido por el presidente o –en este caso– su suplente. La señora ayudante no habría podido dictar ni mucho menos hacer cumplir este acto administrativo. Por tanto, no habría sido competente para ello, a pesar de lo cual fue enviada adelante. Pero bueno –parece que las leyes no interesan mucho. Lo curioso fue que la sesión del Consejo Municipal comenzó inmediatamente cuando empecé a empacar mi equipo. Eso había tardado unos minutitos. Pero eso no había molestado. Yo, "el perturbador", que no quería más que grabar la sesión correctamente, que no tiene ganas de tales discusiones, que no habría dicho una palabra, sentí una perturbación en la Fuerza. El Consejo Municipal –o, mejor dicho, el ahora vicepresidente– y algunos miembros del Consejo Municipal, a mi parecer, han suspendido estrepitosamente el examen de democracia por cuarta vez. Siguen sin querer publicidad, transparencia ni rendición de cuentas ante aquellos por quienes se hicieron elegir. Me refiero a la grabación del Consejo Municipal en Teuchern sobre el tema IKIG. Todo lo contrario de lo que se hace en Weißenfels. En Braunsbedra la grabación tampoco fue un problema. En el consejo de distrito ya ni se inmutan. También en Naumburg todo transcurrió sin complicaciones. Solo en Weißenfels se monta semejante circo. ¿Por qué es así? Author: Michael Thurm | 08.05.2025 |
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