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Sacudida contra el Estado: el Tribunal Superior Regional anula una sentencia sobre vacunas – «Errores procesales en toda una serie de puntos»Una sentencia que ha causado gran revuelo: el Tribunal Superior Regional de Hamm ha anulado por completo una decisión del Tribunal Regional de Arnsberg en el marco de un procedimiento por daños causados por una vacunación – y no se ha andado con rodeos. Desde graves errores procesales, exigencias excesivas al demandante hasta una valoración inadmisible de las pruebas sin peritos: los jueces de Hamm emplean palabras muy contundentes.
Particularmente explosivo: el tribunal rechaza de forma clara la frecuente “vinculación” a la autorización de la UE. En su lugar, se deja claro que las cuestiones médicas centrales deben, en caso de duda, resolverse mediante peritajes – y no mediante suposiciones en la sala de audiencias. Para los afectados, esta sentencia podría marcar un punto de inflexión. Para la jurisprudencia en materia de daños por vacunas, quizá sea solo el inicio de una evolución más amplia. El abogado Tobias Ulbrich en x.com: Los fundamentos de la decisión ya se han publicado hoy. El 21 de abril de 2026, el Tribunal Superior Regional de Hamm anuló por completo la sentencia del Tribunal Regional de Arnsberg contra BioNTech y devolvió el asunto a la instancia inferior (n.º de expediente I-26 U 57/25). Para miles de personas afectadas por daños de vacunas en Alemania, esto es una señal importante – y otro paso en una jurisprudencia en evolución. Cabe señalar que el Tribunal Superior Regional de Hamm es, por disposición reglamentaria, la instancia de apelación central para todos los casos de daños por vacunas, y se estima que aún tiene que resolver alrededor de 250 procedimientos. ¿Qué ocurrió?El demandante, nacido en 1961, fue vacunado en julio de 2021 y marzo de 2022 con la vacuna BioNTech Comirnaty.Pocos meses después de la primera vacunación, los médicos le diagnosticaron una trombosis venosa profunda en la pierna, mareos, espasmos nerviosos, entumecimiento en la cara y en los pies, estados de agotamiento y una polineuropatía. Antes de las vacunaciones, gozaba de buena salud, según relató de forma verosímil. El demandante reclamó ante el Tribunal Regional de Arnsberg una indemnización de al menos 150.000 euros, la declaración de responsabilidad por daños futuros y –como elemento central– información conforme al § 84a de la Ley de Medicamentos alemana (AMG) sobre riesgos y efectos secundarios de la vacuna. El Tribunal Regional de Arnsberg desestimó la demanda sin practicar prueba alguna. No se escuchó a ningún perito, no se interrogó a testigos, no se incorporaron informes médicos. La reclamación de daños no era plausible, el derecho a la información no era necesario, y la autorización de la UE era vinculante para los tribunales («efecto de declaración»). Punto. Demanda desestimada. El OLG Hamm: «¡Así no!»La 26.ª Sala Civil del Tribunal Superior Regional de Hamm ha anulado ahora esta sentencia en términos muy claros y también ha eliminado todo el procedimiento de primera instancia.Lo que hicieron los jueces de Arnsberg constituye, según el OLG, una sucesión de errores procesales esenciales: 1. Criterio incorrecto – el listón se colocó demasiado altoEl tribunal exigió que el demandante demostrara una “probabilidad predominante” de que la vacunación hubiera causado sus dolencias.Eso es incorrecto. El OLG Hamm aclara que para el derecho de información conforme al § 84a AMG basta con la plausibilidad. Y la plausibilidad, según la sentencia actual del Tribunal Federal de Justicia (BGH), significa expresamente que incluso si hay más en contra que a favor de la vacunación como causa del daño, el derecho a la información puede existir igualmente. En otras palabras: el tribunal de Arnsberg exigió a un laico gravemente enfermo una barrera que la ley no contempla. 2. Carga de alegación excesiva – «¡Sé médico o nada!»El OLG es especialmente claro respecto a la carga de alegación.No puede exigirse a una persona sin formación médica un conocimiento preciso de las relaciones médicas. No está obligada a adquirir conocimientos médicos para el proceso. Tampoco es requisito la presentación exhaustiva de todos los informes médicos – y menos aún en un procedimiento de información, cuyo objetivo es precisamente permitir al afectado hacer valer posteriormente su reclamación de daños. Sin embargo, eso es exactamente lo que exigió el tribunal de Arnsberg: informes periciales médicos, historiales clínicos completos, exclusión de todas las posibles causas alternativas. Una exigencia imposible. 3. Ausencia de prueba – anticipación inadmisible de la valoración probatoriaEl demandante había solicitado un dictamen pericial y propuesto testigos.Sin embargo, el tribunal no practicó ninguna prueba. En su lugar, “valoró de antemano en su mente” las pruebas ofrecidas – una anticipación inadmisible de la valoración de la prueba que, según el Tribunal Federal de Justicia, vulnera el derecho a ser oído. El OLG Hamm señala además que el tribunal había supuesto un supuesto “desfase temporal” entre la vacunación y los síntomas, así como enfermedades ortopédicas previas como causa alternativa – sin ninguna consulta pericial. De dónde obtuvo el juez sus conocimientos médicos sigue sin aclararse. El OLG lo resume claramente: considerar una trombosis venosa profunda diagnosticada cuatro meses después de la primera vacunación, con mareos alegados dos semanas antes, como “ya no relacionada temporalmente” es simplemente imposible sin conocimientos expertos. 4. La audiencia personal – simplemente ignoradaEl tribunal había escuchado personalmente al demandante, pero no se ocupó del contenido de sus declaraciones.Esto también constituye una violación del derecho a ser oído. 5. El mito del “efecto de declaración” de la autorizaciónLos jueces de Arnsberg consideraron que la autorización de la Comisión Europea impedía prácticamente cualquier responsabilidad.El Tribunal Superior Regional de Hamm aclara –en consonancia con el Tribunal Federal de Justicia– que tal “efecto de declaración” de la autorización no existe en el procedimiento de información. El equilibrio beneficio-riesgo debe determinarse en caso de litigio mediante un dictamen pericial. El giro histórico fue la sentencia del BGH del 9 de marzo de 2026Lo que el OLG Hamm aplica aquí sigue la línea marcada por el Tribunal Federal de Justicia en su sentencia de referencia del 09.03.2026 (VI ZR 335/24).Esta sentencia supuso un punto de inflexión para las personas afectadas por vacunas. Los jueces de Karlsruhe enviaron tres mensajes centrales: Primero: la plausibilidad basta para el derecho a la información. Puede existir incluso si hay más en contra que a favor de la vacuna como causa del daño. Segundo: el derecho a la información es amplio. No se limita a efectos que encajen con el cuadro clínico individual, sino que abarca todos los conocimientos relevantes para la evaluación beneficio-riesgo. Tercero: la valoración de los efectos nocivos debe basarse en el estado actual de la ciencia en el momento de la última audiencia, no en el momento de la autorización. Con ello, el BGH desmanteló una estrategia de defensa de años de la industria farmacéutica que pretendía bloquear las demandas desde el inicio mediante la referencia a la autorización y exigencias probatorias excesivas. El Tribunal Regional de Aurich ahora debe aplicar esta sentencia en la práctica. Solo una semana después de la sentencia del BGH: el Tribunal Regional de Aurich reaccionaSolo una semana después de la sentencia del BGH, el Tribunal Regional de Aurich dictó su sentencia parcial del 16 de marzo de 2026 (5 O 1106/24).Los jueces de Aurich reconocieron el derecho a la información conforme al § 84a AMG a una demandante que, tras vacunaciones con BioNTech en julio y agosto de 2021, sufría enfermedades autoinmunes, trastornos circulatorios, arritmias, POTS, ME/CFS y otros síntomas. La sentencia de Aurich es notable en varios aspectos: Aplica de forma coherente los principios del BGH: plausibilidad como criterio, sin exigencia de probabilidad predominante. Decide mediante sentencia parcial sin esperar el resultado del procedimiento principal. Así se toma en serio el objetivo legislativo de igualdad de armas procesales. Rechaza la argumentación de BioNTech como razonamiento circular: el equilibrio beneficio-riesgo solo puede ser aclarado por expertos y no debe adelantarse en el procedimiento de información. El Tribunal Superior de Hamm ha confirmado ahora esta línea en la instancia de apelación y ha adoptado literalmente el argumento del “razonamiento circular”. ¿Qué significa esto para las personas afectadas por vacunas?Tres sentencias en solo seis semanas – Tribunal Federal de Justicia, Tribunal de Aurich y Tribunal Superior de Hamm – muestran un panorama claro:La estrategia de rechazar demandas por daños de vacunas mediante exigencias excesivas ya no funciona. Las farmacéuticas ya no pueden refugiarse en la autorización de la UE. Deben proporcionar información – de forma exhaustiva: sobre efectos, efectos secundarios y sospechas, sobre todos los conocimientos relevantes para la evaluación, no limitado al caso individual, y con declaración jurada de completitud. En concreto para los afectadosQuien haya sido rechazado con el argumento de no haber demostrado una “probabilidad predominante” tiene ahora buenos argumentos para la siguiente instancia.Quienes dudaban en presentar una demanda aún pueden hacerlo – aunque debido a la posible prescripción ya no contra el fabricante directamente. Un mensaje a los escépticosSe intenta restar importancia a la sentencia del BGH – también por parte de BioNTech en este procedimiento.Ante el Tribunal Superior de Hamm se argumentó que la sentencia era muy específica del caso concreto. El OLG Hamm lo ha rechazado de forma clara. Los principios son vinculantes y aplicables de forma general. Esa es la función de la jurisprudencia de los tribunales superiores: establece directrices para todos los tribunales inferiores. Estas directrices comienzan ahora a surtir efecto. Otros tribunales seguirán, de lo contrario surgirán decisiones divergentes que requerirán la admisión de un recurso ante el Tribunal Federal de Justicia. Mi conclusiónLo que aquí se observa es una evolución en la jurisprudencia sobre daños por vacunas.Los requisitos de prueba y causalidad se están reajustando. La línea del tribunal supremo comienza a imponerse en la práctica. Quien comercializa un producto farmacéutico cuyos riesgos son objeto de revisión judicial debe afrontar cuestiones exhaustivas – y responderlas. No es una cuestión de creencias, sino de clarificación jurídica. Y esa clarificación ha comenzado.
Abogado Tobias Ulbrich en x.com: Author: AI-Translation - Rechtsanwalt Tobias Ulbrich | |
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